Categorías de vino espumoso de la UE

Reglamento (UE) n.º 1308/2013, anexo VII, parte II

El Derecho de la UE define seis categorías de vino espumoso y de aguja según cómo se obtiene el dióxido de carbono, la presión mínima a 20 °C y el alcohol mínimo.1 Las categorías «gasificadas» son aquellas en las que el CO2 se añade total o parcialmente.1

En el curso: Qué hace espumoso a un vino

Las seis categorías

La presión es la sobrepresión en un recipiente cerrado a 20 °C.1

N.ºCategoríaCO2PresiónAlcohol
4Vino espumosoSolo de fermentación (primera o segunda)Al menos 3 barCuvée, total al menos 8,5% vol
5Vino espumoso de calidadDe fermentaciónAl menos 3,5 barCuvée, total al menos 9% vol
6Vino espumoso aromático de calidadDe la fermentación del mosto de variedades determinadasAl menos 3 barAdquirido al menos 6% vol, total al menos 10% vol
7Vino espumoso gasificadoAñadido total o parcialmenteAl menos 3 barA partir de vino sin DOP ni IGP
8Vino de agujaEndógeno1-2,5 barAdquirido al menos 7% vol, total al menos 9% vol
9Vino de aguja gasificadoAñadido total o parcialmente1-2,5 barAdquirido al menos 7% vol, total al menos 9% vol

Todas las cifras de esta tabla: Reglamento (UE) n.º 1308/2013, anexo VII, parte II.1 Los números son los que el anexo asigna a cada categoría. Las categorías 8 y 9 se limitan a envases de 60 litros o menos.1

Qué las distingue

  • Origen del gas. En las categorías 4, 5 y 6 el CO2 debe proceder de la fermentación; las normas enológicas repiten que, para el vino espumoso y el vino espumoso de calidad, solo puede proceder de la fermentación alcohólica de la cuvée.1,2 El gas añadido sitúa un vino en las categorías 7 o 9; véase gasificación.
  • Presión. Las categorías de espumoso empiezan en 3 bar, el vino espumoso de calidad en 3,5 bar, y los vinos de aguja se sitúan entre 1 y 2,5 bar.1 La física de la presión está en CO2 y presión en la botella.
  • Materia prima. El vino espumoso aromático de calidad se elabora solo con mosto de uva o mosto de uva parcialmente fermentado de variedades determinadas.1 El Asti pertenece a esta categoría; véase el método Asti.

Otros límites

Los vinos espumosos de calidad con DOP deben alcanzar un grado alcohólico adquirido de al menos 10% vol, incluido el licor de expedición.2 El dióxido de azufre total se limita a 185 mg/l para todas las categorías de vino espumoso de calidad y a 235 mg/l para los demás vinos espumosos.3 El «Crémant» de la UE es más estricto, con 150 mg/l.4

Nota: los textos de las categorías se leyeron en la reproducción de legislation.gov.uk de los reglamentos de la UE, que muestra el Derecho conservado por el Reino Unido; algunos puntos se derogaron para Inglaterra a partir de 2024, y las versiones de EUR-Lex no pudieron abrirse completas. Las cifras deberían contrastarse con los textos consolidados vigentes de EUR-Lex.1,2

Para las menciones de etiqueta que se basan en estas categorías, véase menciones de etiqueta en el Derecho de la UE.

Véase también

Fuentes

  1. legislation.gov.uk (The National Archives). Regulation (EU) No 1308/2013, Annex VII Part II (categories of grapevine products), as reproduced on legislation.gov.uk (2013-12-17)
  2. legislation.gov.uk (The National Archives). Commission Delegated Regulation (EU) 2019/934, Annex II (sparkling wine oenological practices), as reproduced on legislation.gov.uk (2019-03-12)
  3. EUR-Lex. Commission Delegated Regulation (EU) 2019/934 (oenological practices), Articles 7-8 and Annex I (2019-03-12)
  4. EUR-Lex. Commission Delegated Regulation (EU) 2019/33 (consolidated text), Articles 47, 48, 49, 53, 54 and Annex III Part A (2023-12-08)

Datos verificados el 2026-10-19