Argentina
Normas del INV · espumante
El vino espumoso argentino lo regula el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), cuya Resolución C 110/1990 fija normas para los productos etiquetados como "champagne", vino espumante y cóctel de vino.1 Ese texto no fija tiempo mínimo sobre lías ni presión mínima.1
La resolución de 1990
La Resolución C 110/1990 del INV, publicada el 1 de marzo de 1990, fija las normas de elaboración de "champagne", vino espumante y cóctel de vino.1 El texto sigue usando la palabra "champagne" para un producto argentino, junto a "espumante".1 La denominación francesa de ese nombre se describe en la página de Champagne.
Variedades
Los vinos base del producto llamado "champagne" deben proceder de variedades que el INV clasifica como "Finas". El espumante puede elaborarse con variedades clasificadas como recomendadas o aceptadas.1
Métodos
La resolución nombra tres sistemas de elaboración, para los que fija tolerancias de mermas:1
| Sistema | Qué significa |
|---|---|
| Sistema Chaussepied | segunda fermentación en grandes recipientes |
| Sistema Champenoise | segunda fermentación en botella |
| Combinado | una mezcla de ambos |
El sistema de grandes recipientes corresponde a lo que este sitio llama método en depósito; el sistema en botella es el método tradicional.
Lo que el texto no fija
En la Resolución C 110/1990 no se encontró ningún tiempo mínimo sobre lías ni ninguna presión mínima. Para esta página no se revisaron normas más recientes del INV.1
Registro
En el registro del INV de 2015, los productores de espumoso figuran en la categoría "Fábricas de Espumantes, Champañas o Champagnes".2 Para esta página no se recopilaron estadísticas de producción.
Véase también
Fuentes
- Argentina.gob.ar (Boletín Oficial). INV Resolución C 110/1990: normas para elaboración de champagne, vino espumante y cóctel de vino (1990-03-01)
- Argentina.gob.ar (Boletín Oficial). INV Resolución 8/2015 (2015-04-29)
Datos verificados el 2026-10-19